Desde el pasado 2 de Enero los patinetes eléctricos tienen en vigor una nueva normativa que los considera como vehículos y obliga a sus usuarios a cumplir una serie de normas de circulación al igual que los coches ó motos. El espíritu del Real Decreto trata de evitar daños a las personas, como ha sucedido ya en muchas ocasiones.
Queda prohibido circular por aceras ó zonas peatonales, trasladar a más de una persona, ó usar auriculares ó el teléfono móvil. Asimismo la velocidad máxima ha de ser de 25 km/hora y el conductor tiene la obligación de someterse a pruebas de alcoholemia ó drogas si se lo requiriera la autoridad.
En lo referente al seguro, la nueva normativa no obliga al propietario a suscribir un seguro de Responsabilidad Civil a los patinetes eléctricos excluyéndoles expresamente de dicha obligación al no considerarlos vehículos a motor. (aunque lo tengan, que lo tienen).
Comentar a su vez que los seguros de hogar excluyen con carácter general la Responsabilidad Civil derivada de los patinetes eléctricos, al considerarlos, estas si, vehículos a motor. Con lo cual, conviene recordar que de no estar asegurado, será el mismo usuario, quien deberá acarrear con todos los gastos derivados de los daños que pueda ocasionar, como se han podido ver numerosos casos en nuestros tribunales, articulo 1902 del código civil, aquel que advierte que el causante de un daño debe repararlo.
En base a lo anteriormente citado, en nuestra opinión es totalmente necesario que el uso de un patinete eléctrico lleve aparejado un seguro de Responsabilidad Civil que pueda responder por los perjuicios que se causen. Y hay varios motivos, el primero es que si no hay seguro muchas víctimas de accidentes pueden quedar desamparadas y sin cobrar la correspondiente indemnización. Por otro lado el efecto que podría producir el no tener una póliza de aseguramiento eficaz ante un siniestro con cualquier vehículo de estas características podría ser devastador para su conductor o usuario si provoca lesiones o incluso fallecimientos como ya se han dado casos.
Juan Carlos Vázquez
Saratxo Mediación Correduría de Seguros